Corte ordena liberar a Andrés Calle e Iván Name por vencimiento de términos: siguen procesados en caso UNGRD

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La Corte Suprema de Justicia concedió la libertad provisional a Andrés Calle, expresidente de la Cámara de Representantes, e Iván Name, expresidente del Senado, por vencimiento de términos en el proceso por presunta corrupción en la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD). La decisión, conocida el 9 de octubre, mantiene vigente el juicio contra ambos excongresistas.

La Sala Especial de Primera Instancia determinó que transcurrieron 12 meses desde que quedó en firme la resolución de acusación sin que hubiera culminado la audiencia de juzgamiento. Ese plazo permitió conceder el beneficio solicitado por las defensas, conforme al numeral quinto del artículo 365 de la Ley 600 de 2000.

Según la información de la providencia recogida por Noticias RCN, la acusación quedó ejecutoriada el 7 de octubre de 2025 y el término se cumplió el mismo día de 2026. El plazo, inicialmente de seis meses, se amplió a un año por la práctica de pruebas en el exterior.

Para hacer efectiva la libertad, cada procesado deberá constituir una caución equivalente a diez salarios mínimos legales mensuales vigentes y suscribir un acta de compromiso. También deberá verificarse que ninguno sea requerido por otra autoridad judicial. El incumplimiento de las obligaciones impuestas puede ocasionar la revocatoria del beneficio.

El expediente se relaciona con presuntos sobornos por $4.000 millones: $3.000 millones que habría recibido Name y $1.000 millones atribuidos a Calle. Según la acusación, los pagos buscaban favorecer iniciativas legislativas del Gobierno nacional. Ambos enfrentan cargos por cohecho impropio e intervención en peculado por apropiación en favor de terceros agravado.

La investigación vincula el supuesto origen de esos recursos con dinero desviado del contrato de carrotanques destinados a llevar agua a La Guajira. En este capítulo del caso aparecen los testimonios de Olmedo López y Sneyder Pinilla, antiguos directivos de la UNGRD, sobre la presunta entrega de los recursos a los entonces presidentes del Congreso.

Al evaluar la solicitud, la Sala señaló que no encontró maniobras dilatorias atribuibles a los procesados o sus defensores. Durante el trámite se habían practicado declaraciones y otras diligencias probatorias, aunque la audiencia de juzgamiento no había concluido dentro del plazo legal.

La libertad provisional modifica su situación de reclusión, pero no constituye una absolución ni cierra el expediente. La Corte continuará examinando las pruebas para determinar la responsabilidad o inocencia de Name y Calle frente a los hechos investigados.

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