Corte Constitucional tumba facultades extraordinarias de Petro en reforma tributaria

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La Corte Constitucional de Colombia declaró inconstitucional el artículo 68 de la Ley 2277 de 2022, parte de la reforma tributaria aprobada en diciembre de 2022, que otorgaba facultades extraordinarias al presidente Gustavo Petro para expedir un nuevo código de aduanas. Según la sentencia C-072 de 2025, la Corte determinó que la creación de un régimen sancionatorio y un procedimiento de decomiso de mercancías en materia aduanera es competencia exclusiva del Congreso y no del Ejecutivo.

El artículo 68 de la reforma tributaria establecía que el presidente tendría un plazo de seis meses para expedir un nuevo régimen sancionatorio en el ámbito aduanero, con el acompañamiento de una subcomisión de congresistas. Sin embargo, la Corte argumentó que esta disposición violaba el principio de separación de poderes, ya que la expedición de códigos es una función exclusiva del Congreso, según el artículo 150, numeral 10, de la Constitución.

La magistrada ponente, Cristina Pardo, señaló que “la prohibición constitucional impide conceder facultades extraordinarias al Ejecutivo para estructurar normativas que sistematicen y regulen sectores completos del ordenamiento jurídico, como lo es el régimen aduanero”.

Si bien la Corte declaró la inconstitucionalidad del artículo, evitó generar un vacío normativo que pudiera afectar el control aduanero y la lucha contra el contrabando. Por ello, moduló su fallo y otorgó un plazo al Congreso hasta el 30 de junio de 2026 para aprobar una nueva ley que regule los procedimientos y sanciones en materia aduanera dentro del marco constitucional.

El demandante Wadys Tejada Flórez argumentó que la norma facultaba indebidamente al presidente para crear disposiciones con fuerza de ley, algo que es exclusivo del poder legislativo. Su demanda fue admitida en julio de 2024 y, tras el estudio del caso, la Corte emitió su fallo con una mayoría de magistrados a favor. Sin embargo, el magistrado Miguel Polo Rosero salvó su voto, reflejando divergencias en la interpretación del caso.

La decisión de la Corte representa un revés para el Gobierno, que había defendido la necesidad de una reforma estructural en materia aduanera para combatir el contrabando y mejorar la eficiencia tributaria. Sin embargo, el fallo refuerza la importancia de la separación de poderes y establece que cualquier modificación en la legislación aduanera deberá tramitarse a través del Congreso.

A partir de ahora, el Legislativo tendrá la tarea de debatir y aprobar una nueva normativa que regule el régimen sancionatorio en aduanas, garantizando que cumpla con los principios constitucionales y evitando otorgar facultades que excedan las competencias del Ejecutivo.

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