El Ministerio de Hacienda de Colombia confirmó la implementación de un nuevo impuesto al patrimonio para personas jurídicas como parte de un paquete tributario aprobado en el marco de la emergencia económica declarada por el Gobierno nacional para atender los efectos de la crisis climática e inundaciones en varias regiones del país. La medida forma parte de una estrategia fiscal utilizada para movilizar recursos adicionales ante el deterioro de las finanzas públicas.
El nuevo impuesto al patrimonio se aplicará a personas jurídicas con patrimonio líquido superior a 200.000 UVT, equivalentes a aproximadamente 10.474 millones de pesos. El patrimonio líquido se calcula como la diferencia entre los activos y las deudas, según la definición fiscal vigente.
La tarifa general del tributo será de 0,5 % del patrimonio líquido para la mayoría de las empresas, un porcentaje que según Hacienda fue ajustado con respecto a propuestas iniciales más altas. Estas tarifas se aplicarán únicamente a las empresas que superen el umbral establecido y que, por tanto, queden dentro del universo de sujetos pasivos del impuesto.
Además de la tarifa general, el Gobierno fijó una tarifa diferenciada de 1,6 % para sectores específicos, como el financiero y el de minería y energía, que pagarán una tasa más elevada frente a lo inicialmente planteado. Este ajuste busca que una mayor proporción del recaudo provenga de estos sectores con mayor capacidad contributiva, según explicaron fuentes oficiales.
El Ministerio de Hacienda proyecta que aproximadamente el 56 % del recaudo esperado del nuevo impuesto al patrimonio provendrá de las empresas de los sectores financiero y minero-energético, mientras que el 44 % restante correspondería a otras industrias sujetas al gravamen.
De acuerdo con análisis previos, este nuevo tributo al patrimonio podría afectar a cerca de 15.000 empresas en Colombia, según estimaciones basadas en el número de sociedades con patrimonios líquidos superiores al umbral establecido por la norma. El Gobierno nacional espera que el impuesto contribuya al objetivo de recaudar recursos en el marco de la emergencia económica, con metas que rondan los ocho billones de pesos destinados a atender daños y necesidades surgidas de las condiciones climáticas adversas.
La declaratoria de emergencia económica fue suscrita por el Ejecutivo mediante el Decreto 150 de febrero de 2026, tras una temporada de lluvias excepcionales que causaron graves daños en departamentos como Córdoba, Sucre, Bolívar, Antioquia y otros, y que dejó a decenas de miles de familias afectadas. El decreto faculta al Gobierno para adoptar medidas fiscales y administrativas sin la aprobación previa del Congreso, con el objetivo de responder de manera inmediata a la crisis.
El anuncio ha generado un debate técnico y jurídico sobre la idoneidad de utilizar estados de emergencia para imponer tributos nuevos y sus posibles consecuencias en la inversión y el clima empresarial, aunque las autoridades sostienen que la medida es necesaria para garantizar recursos suficientes frente a las exigencias del contexto actual.
El nuevo esquema tributario y las tasas definidas para el impuesto al patrimonio deberán ser reglamentados formalmente en decreto, y su aplicación será objeto de seguimiento por parte de la administración tributaria y de revisión potencial por instancias judiciales, dada la naturaleza excepcional de la norma en el contexto de la emergencia económica.

















