Corte Suprema confirma libertad de Álvaro Uribe tras tutela que consideró inadecuada su detención domiciliaria

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La Corte Suprema de Justicia ratificó la decisión del Tribunal Superior de Bogotá que concedió la libertad al expresidente Álvaro Uribe Vélez, tras una tutela que consideró inadecuada la detención domiciliaria impuesta en primera instancia.

El fallo fue adoptado el 18 de septiembre de 2025 por la Sala de Casación Penal, en decisión mayoritaria, y rechaza los fundamentos usados por el juzgado 44 Penal del Circuito de Conocimiento de Bogotá para ordenar la privación inmediata de libertad de Uribe.

La condena en primera instancia se dio el 1 de agosto de 2025, por los delitos de soborno en actuación penal y fraude procesal, imponiéndose sobre Uribe una pena de 12 años de prisión con detención domiciliaria.

El Tribunal Superior de Bogotá, mediante tutela resuelta el 19 de agosto, revocó la orden de captura y suspendió la medida restrictiva de libertad, argumentando que el fallo condenatorio de primera instancia careció de motivación suficiente para justificar la detención.

En su pronunciamiento, la Corte Suprema señaló que no se evidenció razonabilidad ni proporcionalidad en la medida impuesta. A juicio del alto tribunal, el juzgado de primera instancia formuló aseveraciones vagas, reiterativas y sin fundamento jurídico ni fáctico claro.

También consideró vulnerados los derechos fundamentales de Uribe, entre ellos el debido proceso, la presunción de inocencia, la dignidad humana y el derecho a la libertad, al aplicarse una medida restrictiva sin demostrar riesgo de fuga, peligro para la sociedad o la gravedad que pueda requerir tal medida preventiva.

Aunque la libertad inmediata quedó confirmada, la decisión no modifica la condena de primera instancia. El proceso sigue su curso, con la apelación interpuesta por la defensa ante el Tribunal Superior de Bogotá y la posibilidad de otros recursos legales.

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