El Tribunal Administrativo de Cundinamarca dejó sin piso la consulta interna del Pacto Histórico al declarar improcedente la tutela interpuesta por Gustavo Bolívar y Diana Carolina Corcho contra el Consejo Nacional Electoral (CNE). La decisión, conocida este 7 de octubre, anula cualquier posibilidad de realizar la consulta presidencial prevista para el 26 de octubre, que pretendía definir la candidatura única del bloque oficialista.
Los demandantes buscaban que el CNE reconociera la personería jurídica del Pacto Histórico “sin condiciones”, con el fin de consolidar al movimiento como partido político unificado y con autonomía plena frente a sus colectividades. Sin embargo, el Tribunal concluyó que la tutela no era el mecanismo adecuado para resolver una controversia de carácter electoral.
El fallo, firmado por la magistrada Daniela de los Ríos Barrera y acompañado por las magistradas Diana del Pilar Martínez Martínez y Karen Lucía Castro Ortega (quien emitió voto salvado), resolvió “declarar improcedente la acción de tutela” y “negar el amparo de los derechos fundamentales a la participación política e igualdad invocados”.
La decisión deja sin efecto la medida cautelar que permitía al Pacto Histórico organizar su consulta, lo que significa que no podrá realizar el proceso de selección de su candidato presidencial el próximo 26 de octubre.
El CNE había condicionado el reconocimiento del Pacto como partido único a ajustes en estatutos y representación de sus fuerzas internas, entre ellas Colombia Humana, el Polo Democrático, la Unión Patriótica y Comunes. Esa exigencia generó tensiones y denuncias de supuesta injerencia administrativa.
Con este nuevo revés judicial, el Pacto Histórico deberá definir otro mecanismo de elección, como una convención o encuestas internas, mientras se evalúa si los demandantes presentan apelación ante la Corte Constitucional.