Otro Golpe a Petro: Consejo de Estado suspende ‘decretazo’ con medida cautelar sobre consulta popular

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La Sección Quinta del Consejo de Estado decretó este miércoles la suspensión provisional del Decreto 0639 de 2025, mediante el cual el presidente Gustavo Petro convocaba a una consulta popular para el próximo 7 de agosto, al considerar que fue expedido sin el concepto previo favorable del Senado, como lo exige el artículo 104 de la Constitución. Esta decisión cautelar detiene formalmente los efectos del decreto hasta que se resuelva el fondo del caso.

El tribunal admitió la demanda de nulidad presentada por doce congresistas, entre ellos el presidente del Senado, Efraín Cepeda, y determinó que el llamado “decretazo” constituye un acto de contenido electoral que requiere requisitos constitucionales previos. En su fallo, los magistrados señalaron que, de no detenerse el proceso, se incurre en riesgo de “perjuicio irremediable” y se vulnera la separación de poderes.

La suspensión provisional refuerza el precedente de que el Consejo de Estado tiene competencia para intervenir antes que la Corte Constitucional en controles urgentes sobre actos electorales; la medida fue adoptada en ejercicio del artículo 234 de la Ley 1437 de 2011, que faculta tomar medidas cautelares ante omisiones constitucionales. Hasta ahora, se han interpuesto más de 40 acciones legales contra el decreto: 29 en el Consejo de Estado y 11 en la Corte Constitucional, además de decenas de tutelas.

El Gobierno reaccionó cuestionando la decisión y apelará el fallo, insistiendo en que el decreto es constitucional y señalando que el tema debería decidirse en el Congreso. El presidente Petro aseguró que, en caso de concretarse la reforma laboral en conciliación, está dispuesto a derogar el decreto.

Este nuevo revés judicial se enmarca en una crisis institucional que ha teñido el final del primer semestre, caracterizada por el pulso entre el Ejecutivo, el Legislativo y el poder judicial. El choque de poderes ha sido detallado por analistas y exmagistrados, como Antonio José Lizarazo, quien considera que la convocatoria sin aval del Senado es claramente inconstitucional.

La consulta popular se mantiene en suspenso mientras el tribunal completa su estudio de fondo, un proceso que podría prolongarse durante varios meses. El caso marcará un precedente sobre los límites del poder presidencial para convocar mecanismos de participación ciudadana sin respaldo legislativo, y determinará si las reglas previstas en la Constitución prevalecen sobre decisiones unilaterales del Ejecutivo.

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