La Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) negó la solicitud presentada por la Presidencia de la República para emitir una alocución del presidente Gustavo Petro durante la noche del miércoles, al concluir que la propuesta no cumplía con los requisitos legales de urgencia, uso excepcional ni delimitación temática.
La propuesta de mensaje giraba en torno a “la evolución de los cultivos de coca y las acciones en los territorios para su sustitución”, tema que, para la CRC, no constituye una situación grave, sobreviniente o inaplazable que justifique la interrupción de la programación televisiva regular.
El organismo regulador fundamentó su decisión en el cumplimiento de la nueva Circular 164 de 2025, emitida en cumplimiento de un fallo del Consejo de Estado, que fija criterios estrictos para autorizar alocuciones presidenciales.
Entre los parámetros exigidos, la CRC verificó que la solicitud sí cumplía los criterios relativos a la intervención personal del presidente, la no recurrencia y la limitación temporal. Sin embargo, concluyó que no satisfacía los requisitos de urgencia, uso excepcional y delimitación temática.
Además, la petición fue radicada a las 4:54 p.m. del mismo día en que se pretendía la transmisión para las 8:00 p.m., lo que no respetó la antelación mínima de cuatro horas requerida por la normativa salvo casos de extrema urgencia, lo que constituyó otro elemento de incumplimiento.
La CRC aclaró que su decisión no representa una restricción a la libertad de expresión del presidente, sino el cumplimiento del marco legal que busca garantizar un uso “razonable, proporcional y excepcional” del servicio público de televisión, y preservar el pluralismo informativo.
Por su parte, Gustavo Petro rechazó la decisión y calificó el acto como un episodio de censura institucional, anunciando que si no puede dirigirse al país por televisión lo hará desde espacios públicos.