FELICITACIONES EPM SE “COCINÓ” EL ACUERDO CON HIDROITUANGO

TotusNoticias

Por: Jairo Hernán Ramírez Gómez

Un Acuerdo necesario

Hay razones claras para recibir con beneplácito esta decisión. Se cierra un ciclo de desgaste y regresa el proyecto al terreno que nunca debió abandonar: el técnico, el financiero y el legal proyectados con anterioridad a la firma del BOOMT. Lo mejor:

Primero, Hidroituango sale del debate político coyuntural, utilizado durante años por candidatos y mandatarios regionales y de presidencia como instrumento de confrontación y no como un activo estratégico del país.

Segundo, se terminan las demandas y litigios entre las partes, por diferencias técnicas, jurídicas y financieras que acumulaban elevados costos.

Tercero, Se destraba la remuneración esperada con paciencia por el departamento de Antioquia, prevista contractualmente desde el inicio del contrato BOOMT y largamente aplazada.

La Remuneración: un derecho contractual

La Remuneración no es un beneficio discrecional, ni un reconocimiento extraordinario, tampoco una concesión. Es la contraprestación pactada desde la firma del contrato BOOMT en 2011, mediante el cual la Sociedad Hidroituango, propietaria del proyecto, otorgó a EPM el derecho a desarrollarlo y explotarlo por 50 años, hoy restan 35.

Esta remuneración debía hacerse efectiva a partir de la entrada en operación comercial de las primeras 4 unidades, evento cumplido desde noviembre de 2023. Cuando EPM reconozca la remuneración a la Sociedad, incluida la retroactividad, más tarde se revierte vía dividendos a sus socios, incluida EPM que participa con el 46.3%, se trata de un flujo circular que no genera perdida para lo público.

El Origen del conflicto

La contingencia de 2018 alteró de manera profunda los cronogramas y el equilibrio contractual. Los incumplimientos derivados llevaron a la Sociedad Hidroituango a demandar ante un Tribunal Arbitral, reclamando intereses, penalidades y clausulas de apremio y también la exclusión de los costos y gastos generados por la contingencia de los costos del proyecto.

En ese contexto, EPM llegó a sostener que no habría lugar a remuneración alguna para la Sociedad durante los 50 años de vigencia del contrato.

El Tribunal fue categórico

  • Condena a EPM a pagar a la Sociedad $781.829 millones.
  • La obligó, además, a asumir de su parte los extracostos y gastos incluidos los financieros.

Por su parte, EPM promovió un recurso de anulación y presentó además una demanda de reconvención.

Más tarde, en el segundo semestre de 2024, tanto la Sociedad como EPM, coincidieron en que persistir en el litigio implicaba prolongar la incertidumbre y asumir riesgos aún mayores. Conciliar en ese escenario fue una decisión racional.

El Acuerdo, según lo anunciado, concilia la condena monetaria impuesta por el Tribunal y modifica algunas cláusulas del contrato relacionadas con los costos de la deuda y de inversiones ambientales y sociales.

Luces y sombras en la negociación

Se le abona a EPM en estos litigios con la Sociedad Hidroituango, la firmeza y capacidad de negociación frente a un fallo que le fue adverso y logró, además, recomponer algunas cláusulas del contrato BOOMT.

Sin embargo, el contraste es inevitable. Esa misma firmeza y capacidad, no se evidenció:

  • Frente a contratistas cuyos incumplimientos generaron retrasos, rediseños y aceleraciones costosas.
  • En las negociaciones con el Consorcio CCC, liderados por Camargo Correa, entre otras, el reconocimiento por $70.000 millones por comisión de éxito, sin haber sido exitosa la entrada en operación del proyecto en noviembre de 2018.
  • Ni en la transacción de los seguros con MAPFRE, cuyo monto pareció responder más a presiones de organismos de control que a la compensación plena por Daños Materiales y Lucro Cesante respaldados con la póliza.
  • Tampoco en el contrato con GRODCO para la construcción del túnel Chiri y puente Orejón, adjudicado para compensar reclamos del contratista en proyecto Porce IV, y que en tiempo récord se modificaron normas de contratación, de pólizas y seguros, y nueva modalidad de pagos anticipados en contratos de obra, cuando lo tradicional eran anticipos. En tiempo récord de 1 día se ordenó, se tramito y se pagaron más de $40 mil millones. Para acabar de ajustar a los dos meses de inicio del contrato fue cedido al Consorcio CMI, el contratista de las carreteras principales del proyecto, sin la autorización previa de EPM. 

Estas comparaciones no restan merito al acuerdo actual, pero si dejan lecciones para la gobernanza futura del proyecto y que el rio siga su cauce normal.

De nuevo, felicitaciones a EPM por el acuerdo “cocinado” según los titulares. Pero ahora viene la tarea más importante: explicarlo con claridad, incluirlo en la carta con los ingredientes y servirlo a la mesa con transparencia para el disfrute de los comensales, la comunidad.

Porque los grandes acuerdos no solo deben lograrse; también deben entenderse, comunicarse y generar confianza y transparencia.

TODOS LOS ANTIOQUEÑOS ABRACEMOS Y DEFENDAMOS A EPM

JAIRO HERNÁN RAMÍREZ GÓMEZ

Comparte este artículo