¿Qué sigue tras la absolución en segunda instancia del expresidente Álvaro Uribe Vélez?

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El jueves 21 de octubre de 2025, la Tribunal Superior de Bogotá (TSB) dictó la absolución en segunda instancia del expresidente Álvaro Uribe Vélez por los presuntos delitos de soborno en actuación penal y fraude procesal, revocando la condena de 12 años en prisión domiciliaria que le había sido impuesta en primera instancia.

A continuación, se exponen los pasos procesales que siguen, los plazos y escenarios posibles.

1. Recurso extraordinario de casación ante la Corte Suprema de Justicia
La defensa, la Fiscalía y/o la bancada de víctimas tienen la posibilidad de presentar un recurso extraordinario de casación contra el fallo de segunda instancia. Según el penalista Francisco Bernate —presidente del Colegio de Abogados Penalistas de Colombia—, el escrito de interposición debe presentarse dentro de los 5 días siguientes a la decisión del TSB.
Una vez presentado el aviso, el TSB otorgará un plazo de 30 días (prorrogable una vez por igual lapso) para radicar la demanda de casación.

2. Admisión y trámite en la Sala de Casación Penal
Una vez la demanda es presentada, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema sorteará un magistrado ponente que verificará que el recurso cumple los requisitos formales.
Si se admite en su totalidad, se convocará una audiencia en la cual las partes tendrán un máximo de 10 minutos cada una para sustentar sus posiciones. Tras ello, el ponente elaborará un proyecto de fallo y los magistrados votarán —requiriéndose mínimo 5 de 9 votos para aprobarlo.
Si se inadmite, el examen es de carácter formal y la parte inconforme puede instar a la Procuraduría General de la Nación para que insista en el recurso. Si la Procuraduría no insiste, o si la Corte niega la insistencia, el proceso concluye.

3. Tiempos estimados
El penalista Bernate estima que la admisión del recurso puede tardar entre 6 y 18 meses, mientras que la decisión de fondo puede demorarse entre 3 y 5 años. Por ley, el plazo máximo para emitir el fallo es de cinco años, transcurrido el cual operaría la prescripción, aunque este escenario es poco común.

4. Finalidad del recurso y efecto sobre la libertad
El recurso de casación no tiene por objeto reabrir el debate probatorio, sino revisar errores de derecho en la sentencia de segunda instancia. Mientras el proceso no quede firme, Uribe mantiene su condición de inocente a efectos legales y no se ejecuta ninguna pena.

5. ¿Y luego de la Corte Suprema? Potencial instancia ante la Corte Constitucional de Colombia
Aunque la decisión de la Corte Suprema en casación sería la tercera instancia estructural, podría abrirse una cuarta vía: una acción de tutela ante la Corte Constitucional interpuesta por la parte no conforme. Este mecanismo revisaría la vulneración de derechos constitucionales. Según fuentes oficiales, esta posibilidad está latente.

6. Escenarios de salida

  • Confirmación del fallo de segunda instancia: si la Corte Suprema acoge el recurso y ratifica la absolución, el proceso quedaría cerrado.
  • Revocación parcial o total: si la Corte admite el recurso y encuentra errores de derecho, podría casar la sentencia y devolverla o imponer una nueva.
  • Inadmisión del recurso: lo cual implicaría la confirmación automática del fallo de segunda instancia como definitivo, salvo tutela.
  • Acción de tutela: incluso tras la Corte Suprema, la parte afectada podría acudir a la Corte Constitucional.

7. Implicaciones políticas y sociales
La absolución en segunda instancia de Uribe ocurre en un contexto de alta polarización política y de gran atención mediática. Diversos actores políticos y movimientos sociales expresaron distintas reacciones, lo que subraya la dimensión pública del caso.

Este es el panorama legal inmediato tras la absolución en segunda instancia de Álvaro Uribe. El camino aún es largo y los plazos procesales serán clave para la evolución del caso.

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