Tribunal declara inocente a Álvaro Uribe por el delito de soborno en actuación penal

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El Tribunal Superior de Bogotá absolvió este martes 21 de octubre de 2025 al expresidente Álvaro Uribe Vélez del delito de soborno en actuación penal, al determinar que no existían pruebas suficientes que acreditaran su participación directa en la manipulación de testigos. La Sala Penal revocó la condena impuesta en primera instancia por el Juzgado 44 Penal del Circuito de Bogotá, que en agosto de 2025 había declarado culpable al exmandatario y lo había sentenciado a 12 años de prisión domiciliaria.

El magistrado José Merchán, ponente del fallo, explicó que no se logró demostrar el dolo ni la responsabilidad de Uribe como determinador del delito en el caso del exparamilitar Carlos Enrique Vélez, alias Víctor, quien había declarado haber recibido dinero para cambiar su versión judicial. El Tribunal concluyó que Vélez no mencionó a Uribe como responsable de los pagos ni como autor de las instrucciones, por lo que no se acreditó su participación directa en el soborno. Tampoco se comprobó su responsabilidad en los hechos relacionados con Eurídice Cortés, alias Diana, otra testigo clave del proceso.

El caso se originó en 2012, cuando Uribe, entonces senador, denunció al congresista Iván Cepeda por supuesta manipulación de testigos. Sin embargo, en 2018 la Corte Suprema archivó el caso contra Cepeda y abrió una investigación contra Uribe por los mismos delitos, lo que dio un giro al proceso judicial. En julio de 2025, la jueza Sandra Heredia lo declaró culpable de soborno en actuación penal y fraude procesal, convirtiéndolo en el primer expresidente colombiano condenado penalmente. La defensa apeló la decisión, argumentando que se trataba de un fallo político y que se vulneraron garantías procesales.

El Tribunal Superior de Bogotá también consideró que el testimonio del testigo estrella, Juan Guillermo Monsalve, no fue suficientemente verificado por la Fiscalía, y señaló que la jueza Heredia cometió un error al basar su fallo en pruebas no corroboradas. En su análisis, la Sala determinó que las interceptaciones y conversaciones analizadas no establecían un nexo claro entre Uribe y los supuestos ofrecimientos de dinero a cambio de testimonios falsos. Por ello, revocó la condena por soborno en actuación penal, aunque el proceso por fraude procesal aún continúa en curso.

La decisión fue celebrada por el partido Centro Democrático, fundado por Uribe, que calificó el fallo como “un acto de justicia tras años de persecución política”. Sectores de oposición y organizaciones de derechos humanos expresaron preocupación por lo que consideran un retroceso en la lucha contra la impunidad y la manipulación de testigos. Expertos jurídicos destacaron que esta sentencia no cierra definitivamente el caso, ya que la Fiscalía podría abrir nuevas líneas de investigación o continuar con el proceso por fraude procesal.

El Tribunal ordenó además remitir copias del expediente a la Fiscalía para que investigue a Carlos Enrique Vélez por presunto falso testimonio, al encontrar inconsistencias en sus declaraciones. Este fallo marca un punto de inflexión en la historia judicial de Colombia, al poner a prueba la independencia del sistema judicial en un caso de alto impacto político. Con las elecciones presidenciales de 2026 en el horizonte, la decisión podría tener un efecto significativo en el panorama político nacional, especialmente dentro de las fuerzas conservadoras que aún ven en Uribe a su principal referente.

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