Salario mínimo 2026 sigue vigente pese a suspensión temporal del Consejo de Estado, afirma José Manuel Restrepo

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La suspensión provisional del decreto que fijó el aumento del salario mínimo para 2026 no modifica los incrementos que ya han comenzado a aplicarse en el país, aseguró el exministro de Hacienda y rector de la Universidad EIA, José Manuel Restrepo. La medida cautelar fue adoptada por el Consejo de Estado, que evaluó varias demandas contra el decreto original por presuntas fallas en el cumplimiento de los criterios técnicos exigidos por la Ley 278 de 1996.

Restrepo explicó que la suspensión tiene un carácter meramente temporal y preventivo mientras se estudia de fondo la legalidad del decreto, y que no revierte ni elimina los ajustes salariales ya implementados por las empresas desde el inicio del año. En consecuencia, los trabajadores continuarán recibiendo el salario mínimo ajustado conforme al decreto anterior hasta que se publique un nuevo acto administrativo.

El Consejo de Estado otorgó al Gobierno Nacional un plazo de ocho días hábiles para expedir un nuevo decreto transitorio que cumpla con los requisitos legales y técnicos para la fijación del salario mínimo, mientras se resuelve el debate jurídico. La suspensión opera a partir de la publicación del nuevo texto, por lo que los efectos de la medida cautelar no se retrotraen automáticamente.

Restrepo subrayó que la decisión judicial no invalida ni declara inconstitucional el aumento decretado inicialmente del salario mínimo, sino que exige un mayor sustento técnico en su justificación. Entre los criterios que deben considerarse para la fijación del nuevo salario están la meta de inflación, la productividad, el crecimiento del PIB y otros factores previstos en la normativa vigente.

La aclaración se da en medio de una amplia discusión pública y política en Colombia sobre la suspensión provisional del decreto que fijaba una subida del salario mínimo de más del 23 % para 2026, una medida que generó reacciones contrapuestas entre sectores laborales, empresariales y políticos.

Expertos legales han señalado que la suspensión no cambia la obligación de pagar los salarios conforme a lo ya decretado, y que cualquier intento de revertir los pagos realizados podría generar conflictos legales y laborales. En ese sentido, el mensaje transmitido por Restrepo apunta a ofrecer certeza a trabajadores y empleadores mientras se define el camino legal y técnico que debe adoptar el Ejecutivo.

El Gobierno Nacional deberá ahora publicar un nuevo decreto provisional dentro del plazo establecido por el alto tribunal, el cual regirá mientras se culmina el proceso judicial sobre la validez del aumento. Hasta entonces, el salario mínimo ajustado sigue siendo exigible y aplicable en Colombia.

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