Reducción de la jornada laboral: Estas son las empresas que no deben cumplir con la Ley 2101 de 2021

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La jornada laboral comenzó a reducirse desde el año pasado cuando se puso en vigencia la ley 2101 de 2021, que justamente busca reducir las horas laborales y poder pasar de manera gradual de 48 horas a 42, en cinco o seis días semanales, dependiendo el acuerdo que realicen los trabajadores y empleadores.

A partir del 15 de julio de 2024, nuevamente se toca este tema que es crucial que sea conocido tanto por los empresarios como por los empleadores para que se mantengan atentos a este importante cambio, especialmente aquellos en sectores como la seguridad privada, BPO y la tercerización de servicios de aseo.

Y es que estas empresas son las que más requieren tomar nuevas medidas, ya que dependen en gran medida de mano de obra intensiva y deberán adaptarse rápidamente para cumplir con las nuevas regulaciones y asegurar que no haya interrupciones en sus operaciones.

Desde que se implementó la reducción de la jornada se pensó hacerlo gradualmente comenzando así:

  • Transcurridos dos (2) años a partir de la entrada en vigencia de la ley, se reducirá una (1) hora de la jornada laboral semanal, quedando en 47 horas semanales.
  • Pasados tres (3) años de la entrada en vigencia de la ley, se reducirá otra hora de la jornada laboral semanal, quedando en 46 horas semanales.
  • A partir del cuarto año de la entrada en vigencia de la ley, se reducirán dos (2) horas cada año, hasta llegar a las cuarenta y dos (42) horas semanales, conforme a lo establecido en el articulado.

Esta es una ley que busca que las personas puedan disfrutar al menos más horas de su vida, teniendo en cuenta que las personas no cuentan ni siquiera con tiempo para compartir con su familia y sobre todo para sentirse felices o al menos mejorar la calidad de su salud mental, lo cual a su vez mejora la productividad laboral.

Empresas que NO deberán reducir la jornada laboral:

Según la Ley 2101 de 2021, las empresas o entidades del estado no deben cumplir la norma. “En lo que se refiere a los servidores públicos, estos están exentos, salvo que trabajen en empresas del Estado y cuyas relaciones laborales se rijan por el Código Sustantivo del Trabajo”.

Entre las excepciones también se incluyen las labores que sean especialmente insalubres o peligrosas, ya que en este caso el Gobierno puede ordenar la reducción de Ia jornada de trabajo de acuerdo con dictámenes al respecto.

Tenga en cuenta que si una empresa se niega a cumplir esta ley, podrá dar lugar a una justa causa para que el trabajador termine el contrato de manera unilateral, es decir, un despido indirecto. Por lo que podrá exigir una indemnización.

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