A partir de este lunes 19 de enero, la medida de Pico y Placa volverá a implementarse en la capital antioqueña, finalizando así la suspensión temporal que fue decretada para facilitar la movilidad durante la temporada de fin de año y el inicio de 2026. La administración distrital confirmó que la restricción retomará su vigencia en todas las vías urbanas de la ciudad sin contar con un periodo pedagógico de adaptación.
La normativa funcionará bajo el mismo esquema que operó durante el segundo semestre de 2025, manteniendo un horario continuo entre las 5:00 a. m. y las 8:00 p. m.. Para los vehículos particulares, camperos, motocarros y cuatrimotos, la restricción se aplicará basándose en el último dígito de la placa, tal como se venía ejecutando el año anterior. Por su parte, para las motos, mototriciclos, tricimotos y ciclomotores de dos y cuatro tiempos, la rotación corresponderá al primer dígito de la matrícula.
La rotación numérica semanal que entra en vigencia este lunes se distribuirá de la siguiente manera: los lunes tendrán restricción los vehículos con placas asociadas a los dígitos 6 y 9, y los martes corresponderá a los números 5 y 7. La medida continuará el miércoles para los dígitos 1 y 8, el jueves para el 0 y 2, y finalizará la semana laboral el viernes con la restricción para los números 3 y 4.
En cuanto a la cobertura geográfica, aunque la medida aplica en la zona urbana, existen corredores viales exentos para garantizar la conexión regional y nacional. Estas vías exoneradas incluyen la Avenida Regional, la vía Las Palmas y la vía a Occidente, además de los corredores pertenecientes a los corregimientos. También permanecen exentas las conexiones de la calle 10 y la avenida 33. Sin embargo, se advierte a los conductores que la Avenida Regional y la Autopista Sur no cuentan con exención en los tramos jurisdiccionales de Bello e Itagüí, debido a decisiones autónomas de dichas alcaldías.
Las autoridades de movilidad han reiterado que el incumplimiento de esta disposición acarreará sanciones severas desde el primer día. La infracción generará una multa equivalente a medio Salario Mínimo Mensual Legal Vigente (SMMLV), sumado a la inmovilización del vehículo. Asimismo, se mantienen vigentes las exenciones para categorías específicas como vehículos eléctricos, híbridos, a gas, de carga, transporte de pasajeros, vehículos de valores, medios de comunicación acreditados y equipos de emergencia.
















